Publicado En: Dom, jun 15th, 2014

GOOGLE: Derecho al olvido fue dictaminado por Corte Suprema Europea.

Corte Europea de Justicia, con sede en Luxemburgo, dictó un fallo innovador que, por su contenido, ha tenido una fuerte repercusión más allá de las fronteras de la Unión Europea.

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Se trata de la decisión que, por primera vez, reconoce a las personas el llamado “derecho al olvido”, por el que se obligó a la empresa Google, que concentra el 90 por ciento del mercado de búsquedas en Europa, a eliminar de inmediato de los mecanismos de su buscador algunos enlaces con información referida a un ciudadano español que los consideraba equivocados, innecesarios y perjudiciales. Se trató, en ese caso, de la denuncia de Mario Costeja González, quien entiende que una información desactualizada afectaba su derecho a la intimidad, su reputación y dignidad. Exigió, entonces, la eliminación de datos con quince años de antigüedad, relativa a una deuda que implicó entonces el remate de un inmueble de su propiedad, situación que ya había sido totalmente remediada.

Para aquel tribunal, la información en cuestión, al carecer de toda actualidad, resulta irrelevante. Por ello, haciendo caso omiso del país de emplazamiento de sus servidores ordenó a Google eliminar esa información, en resguardo de la privacidad del demandante. Esto hará que, de aquí en más, las empresas “buscadoras” sean, de alguna forma, responsables por los contenidos provistos por las firmas “informadoras” con las que las que se conectan.

Paralelamente, y siempre en defensa de la privacidad, la empresa Mountain View, de California, ha sido multada en Italia y en España por difundir fotografías de personas, sin el conocimiento de éstas, lo que se entendió como abusivo.

Esas decisiones han conmocionado a las empresas de servicios electrónicos que operan en el atractivo mercado europeo, compuesto por unos 550 millones de personas y 500 millones de usuarios de Internet, poniendo algunos límites a lo que aparecía como una situación de total desprotección para los afectados en los 28 países que componen la Unión Europea, y estableciendo ahora una nueva obligación que se ha puesto en cabeza de las empresas afectadas, con un costo presumiblemente alto: eliminar la información personal que, en cada caso, se defina como dañina. Esto supone dejar de usar e identificar a las personas sin ningún tipo de límites ni fronteras. Las empresas, desde hace tiempo, han estado obligadas a eliminar la pornografía y a respetar la vigencia de los llamados copyrights. Por esto, cuentan con mecanismos operativos que deberán ampliar.

La decisión judicial europea es innovadora, razón por la cual abre caminos que se irán delineando con el andar. Seguramente, será objeto de ajustes y precisiones, pues involucra cuestiones de enorme trascendencia como el resguardo de la libertad de expresión y de información, o la de no conferir una oportunidad para que los gobiernos autoritarios o represivos encuentren un mecanismo para practicar la censura, con mayor o menor disimulo. Representa también la necesidad de encontrar equilibrios sensatos entre la defensa razonable de la privacidad y la difusión masiva de la información y atender al impacto adverso que la decisión comentada pueda eventualmente tener sobre los desarrollos vinculados con Internet, al provocar un inevitable aumento en los riesgos y en los costos que se deberán afrontar.

Durante años, la Agencia Española de Protección de Datos reclamó a Google que activara alternativas para garantizar la privacidad de los ciudadanos y estructurara un mecanismo para comunicar y resolver las eventuales lesiones de sus derechos por parte del buscador de información, al difundir información dañina, sin relevancia ni interés público.

Inmediatamente, luego del fallo de la Corte de Justicia Europea, Google acaba de poner precisamente ese mecanismo a disposición de sus usuarios europeos. Pero como es cierto que todos vivimos vinculados por los mismos nexos virtuales, en algún momento ese mecanismo incluirá a los usuarios de otros rincones del mundo. Para ello, la empresa conformó un Comité Asesor de Expertos, que dictaminará, con algún grado de autoridad e independencia, en los casos individuales que se presenten.

De esta manera, ha aceptado la decisión del tribunal europeo y comenzado a ofrecer vías para que los europeos puedan resolver sus problemas dentro de un sistema simple, con la posibilidad adicional de que puedan siempre recurrir a la justicia, que es la que lógicamente debe tener la última palabra cuando, pese a todo, subsisten las diferencias.

Todo esto sucede mientras actualmente nuestra propia Corte Suprema de Justicia transita la etapa de audiencias públicas en el caso de la modelo María Belén Rodríguez, que litiga contra Google y Yahoo por sentir que han sido afectados su nombre y reputación al haber sido vinculada con sitios pornográficos.